Efectos de la DANA
Medidas en materia de vehículos afectados y permisos de conducción
Entre otras medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA, se concede a los afectados una serie de exenciones fiscales, entre las que se encuentra la posibilidad de que se apruebe la exención de las tasas de tráfico por la tramitación de bajas definitivas de vehículos dañados y la expedición de duplicados de permisos de circulación o de conducción destruidos o extraviados por dichas
A través de una declaración responsable, los interesados pueden gestionar a través de la web de la DG Tráfico o a través de gestores administrativos los siguientes trámites extraordinarios:
- baja temporal voluntaria, mientras se gestionan los expedientes de indemnización por los daños del vehículo, o se gestiona la reparación del mismo; y
- duplicados de permiso de conducción (pudiendo gestionarse también a través de llamada al teléfono 060).
Respecto a las bajas definitivas de los vehículos afectados y no reparables, los interesados deben contactar con sus compañías aseguradoras o el Consorcio de Compensación de Seguros para la gestión de las correspondientes indemnizaciones.
Nuestros asesores le informarán de cómo actuar frente a las solicitudes de sus clientes que se hayan visto afectados por la reciente DANA y del trato que deberá dispensarles cuando éstos sean consumidores.CONTENIDO RELACIONADO
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